Sucesos

El abogado del ‘justiciero’ de Ciudad Real presenta un recurso en la Audiencia pidiendo su excarcelación

Justiciero Ciudad Real
Valdelobos, la casa del 'justiciero' de Ciudad Real.

Juan Manuel Lumbreras Ruíz, el letrado de José Luis, el anciano de 77 años encarcelado por matar a tiros a un ladrón que se coló en su casa en Ciudad Real, ha presentado un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial para solicitar la excarcelación de su cliente. Tal y como ha podido saber OKDIARIO de fuentes cercanas a la defensa, Lumbreras solicita para el ‘justiciero’ de Ciudad Real la puesta en libertad basados en los siguientes: legitima defensa, presunción de inocencia y eximente criminal, la edad del hombre, los antecedentes tanto del intruso como de su defendido, el arraigo familiar y social en Ciudad Real y que no existe riesgo ni de fuga ni de ocultamiento de pruebas”.

Desde las fuentes explican que “esta medida debe ser excepcional y le está causando un grave perjuicio físico y psíquico a un anciano de 77 años que actuó para proteger su vida”.

En el recurso se solicita vista ante la Audiencia Provincial para defender las alegaciones hechas en el escrito sobre el ‘justiciero’ de Ciudad Real. “No sabemos cuándo se resolverá ni cuándo será la vista, pero entendemos que el recurso tiene que prosperar y que este hombre volverá lo antes posible a su casa”, dicen las fuentes.

Legítima defensa

La legítima defensa viene contemplada en el Artículo 20 del Código Penal. Dicho artículo dice, en el punto cuarto, que están exentos de responsabilidad criminal el que obre en defensa de la persona o derechos propios o ajenos, siempre que concurran los requisitos siguientes: «Primero: Agresión ilegítima en caso de defensa de los bienes se reputará agresión ilegítima el ataque a los mismos que constituya delito y los ponga en grave peligro de deterioro o pérdida inminentes. En caso de defensa de la morada o sus dependencias, se reputará agresión ilegítima la entrada indebida en aquélla o éstas. Segundo: Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla. Tercero: Falta de provocación suficiente por parte del defensor».

El homicidio, delito del que está acusado José Luis, el ‘justiciero’ de Ciudad Real, acarrea una pena de diez a quince años. Pero la legítima defensa puede ser eximente completa, lo que conlleva que no hay pena de prisión. Sin embargo, también puede ser eximente incompleta. En ese caso, y dependiendo, como dice al Artículo 21.1 del Código Penal, la pena se puede reducir en uno o dos grados. Si es uno, el reo cumplirá entre cinco y diez años de prisión, si es en dos, puede pasar como sucedió con el caso Tous, donde el yerno de los famosos joyeros llegó a un acuerdo de conformidad por dos años con suspensión de la pena.

El Artículo 21.1 especifica: «Las causas expresadas en el capítulo anterior (Art.20), cuando no concurrieren todos los requisitos necesarios para eximir de responsabilidad en sus respectivos casos». El resto del artículo muestras las causas de atenuantes.

La jurisprudencia en este tipo de casos es bastante extensa. Al anteriormente citado caso Tous hay que sumar, por ejemplo, el caso Ferri, donde un hombre mató a dos de los asaltantes que entraron en su casa. En ese caso, fue absuelto aplicando la legítima defensa.

También fue absuelto otro hombre de la localidad valenciana de Palma de Gandia que mató a un asaltante que entró a robar las plantas de marihuana que estaba cuidando. De hecho, la sentencia dice : «la invasión de la intimidad de que fue objeto Manuel Arroyo por parte de tres individuos fue completamente inminente e inesperada, aun cuando tuvo la posibilidad de disparar al aire para asustar y hacer huir a sus agresores, teniendo además en cuenta que la utilización del arma frente a quienes no portaban ninguna resultaba desproporcionada e innecesaria», hecho que fue defendido por su letrado Juan Carlos Navarro.

En el lado contrario jurisprudencia está el caso de Casimiro Villegas, el ex policía condenado por defender su casa en Dos Hermanas y su vida de unos ladrones. Casimiro fue condenado a dos años y medio de prisión y al pago de una indemnización de 50.000 euros.

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